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Declaración de Lima sobre Justicia Fiscal y Derechos Humanos

MESA DE ARTICULACIÓN

Por: MESA DE ARTICULACIÓN

Nos hemos reunido en Lima como una comunidad de amplia base conformada por activistas, académicos y académicas, juristas, litigantes y profesionales con experiencia; personas comprometidas con el avance de la justicia fiscal a través de los derechos humanos, y la realización de los derechos humanos a través de la justicia fiscal.

Los ingresos tributarios son el instrumento más importante, fiable y sostenible para que los Estados destinen recursos dirigidos al cumplimiento de sus obligaciones de derechos humanos de manera suficiente, equitativa y responsable. Del mismo modo, la realización de todos los derechos humanos es una razón de ser fundamental de los gobiernos. Es a través del respeto, la protección y el cumplimiento de los derechos civiles, políticos, económicos, sociales, culturales y ambientales que el Estado adquiere legitimidad para recaudar impuestos. La tributación también juega un papel fundamental en la redistribución de los recursos en formas que pueden prevenir y corregir las desigualdades de género, económicas u otras desigualdades y reducir las disparidades en el disfrute de los derechos humanos que se derivan de ellas. Por otra parte, un sistema tributario justo puede cimentar los lazos de rendición de cuentas entre el Estado y la gente, estimulando a los gobiernos a ser más sensibles a los derechos y a las reivindicaciones de aquellos y aquellas ante quienes deben responder. Las políticas fiscales pueden igualmente contrarrestar las flagrantes deficiencias del mercado y proteger los bienes comunes globales, en particular un medio ambiente sano en el planeta.

Sin embargo, muchos países tienen dificultades para recaudar suficientes ingresos fiscales que les permita financiar adecuadamente la realización de los derechos humanos, todos los cuales tienen cierto costo financiero. Al mismo tiempo, los sistemas fiscales injustos a nivel nacional y mundial siguen alimentando la creciente desigualdad y la ampliación de las inequidades en el disfrute de los derechos humanos, desplazando la carga del financiamiento de los servicios públicos sobre los menos favorecidos de la sociedad, debilitando la prestación de los servicios existentes y concentrando la riqueza en manos de unos pocos privilegiados. Las políticas fiscales regresivas que se aplican en muchos países de todo el mundo del Norte al Sur, plantean una grave amenaza a los derechos económicos y sociales de los grupos ya desfavorecidos. Esta injusticia primaria está alimentando profundas desigualdades económicas, de género y políticas, erosionando la confianza en las instituciones gubernamentales, que parecen ser más responsables ante las elites económicas transnacionales que ante su propia población.

La política tributaria es una política pública, y por lo tanto ya no puede ser tratada como una cuestión de mera ingeniería técnica ni puede dejarse enteramente a la libre discreción de los gobiernos, a menudo sin rendición de cuentas. En lugar de ello, hacemos un llamamiento a los gobiernos para cultivar pactos sociales y fiscales transformadores y fortalecer a las instituciones ciudadanas de vigilancia, cuyo objetivo es someter la política fiscal a los más rigurosos estándares de transparencia, eficiencia, participación pública y efectiva rendición de cuentas en consonancia con los principios de derechos humanos internacionalmente reconocidos.

Los estándares existentes de derechos humanos proporcionan la base normativa para un Estado competente y bien dotado de recursos. Con el fin de cumplir con sus obligaciones de proteger y hacer realidad progresivamente los derechos económicos y sociales, los Estados deben utilizar y generar el máximo de recursos disponibles –especialmente a través de una tributación suficiente y sostenible– en forma equitativa y no discriminatoria.

Las leyes, las políticas y las prácticas fiscales deben estar orientadas a poner fin a la discriminación estructural en lugar de consolidar las crecientes desigualdades de todo tipo, incluso de género, étnicas y económicas. En efecto, la fiscalidad es un instrumento clave para abordar la discriminación contra las mujeres y garantizar su igualdad sustantiva. Las medidas regresivas de recaudación de ingresos –incluidas las medidas que imponen una carga fiscal desproporcionada sobre los más desfavorecidos tanto al interior de los hogares como entre éstos, sin tener en cuenta la capacidad individual de pago– así como los incentivos y exoneraciones fiscales socialmente inútiles para las empresas y los ricos– que tienen el efecto de desplazar la carga fiscal a los menos capaces de pagar mientras alivian a los que tienen mayor capacidad de pago– son incompatibles con los principios de derechos humanos de no discriminación e igualdad. Hacemos un llamado a los gobiernos a llevar a cabo evaluaciones de impacto de derechos humanos y de igualdad de sus normas tributarias. Para ello, instamos a los gobiernos y a los organismos de estadística a recoger información sobre las personas, los hogares y las empresas, de manera que permita a quienes toman las decisiones llevar a cabo dichas evaluaciones de impacto.

El actual sistema tributario corporativo internacional –establecido cuando la naturaleza y la composición de la economía mundial eran fundamentalmente diferentes– es completamente obsoleto. Éste privilegia los intereses de los grupos corporativos multinacionales, los intereses financieros globales y los de algunas economías avanzadas mientras impide a los gobiernos nacionales recaudar suficientes ingresos de manera no-discriminatoria y responsable. Un examen riguroso, basado en la evidencia, sobre los impactos de las leyes, las políticas y las prácticas tributarias sobre los derechos humanos y la igualdad más allá de las fronteras, debería sustituir los supuestos frecuentemente infundados sobre los beneficios económicos de mantener el sistema fiscal internacional predominante. Sobre la base del deber jurídico de los Estados de tomar medidas individualmente y mediante la cooperación y la asistencia internacional para lograr la plena realización de los derechos humanos, hacemos un llamado a la reescritura de las normas fiscales globales bajo los auspicios de un organismo fiscal mundial de las Naciones Unidas legítimo, democrático y completamente inclusivo.

Un Estado que implementa políticas o prácticas fiscales que minan la capacidad de otros Estados de recaudar recursos para cumplir sus obligaciones de derechos humanos –ya sea a través de resoluciones fiscales preferenciales, regímenes fiscales societarios preferenciales para el capital móvil a nivel internacional, o cualquier otro medio– puede estar violando la obligación legal internacional de cooperar. Además, los Estados que deliberadamente obstruyen el intercambio de información tributaria, y los bancos y firmas de abogados que se aprovechan del secreto bancario o acuerdos de confidencialidad en detrimento de las arcas públicas, están probablemente privando a otros de los recursos necesarios para cumplir con sus derechos humanos. Hacemos un llamado a los Estados a realizar evaluaciones de impacto en materia de derechos humanos de los efectos indirectos que sus políticas fiscales en otros países, a tomar medidas inmediatas para poner fin a toda práctica nociva, y a proporcionar reparación efectiva cuando el daño ya se ha producido. Del mismo modo, llamamos a los estados a aprobar leyes que regulen las malas prácticas en el uso de los precios de transferencia y a restringir el secreto financiero y bancario, de manera que los gobiernos se fortalezcan para combatir con efectividad el abuso fiscal.

La conducta de las empresas –y la asesoría tributaria a las mismas– que pone en riesgo la recaudación fiscal, puedan privar a los estados de los recursos que necesitan para realizar los derechos humanos. Por lo tanto, el comportamiento tributario de las empresas ya no puede quedar fuera del ámbito de la responsabilidad empresarial de respetar los derechos humanos. Con el fin de cumplir sus obligaciones de conformidad con los Principios Rectores de las Naciones Unidas sobre Empresas y Derechos Humanos, hacemos un llamado a los Estados a incorporar en la aplicación nacional de estos Principios los riesgos para los derechos humanos que entraña la conducta fiscal empresarial. También, llamamos a los Estados a proporcionar recursos legales efectivos para toda acción perjudicial proveniente del comportamiento tributario. Simultáneamente, llamamos a las empresas y los grupos empresariales a evaluar y abordar el abuso tributario corporativo, por ejemplo, en sus declaraciones de política y en sus procesos internos de diligencia debida y resolución de quejas. A partir de un claro reconocimiento de los impactos negativos del abuso tributario sobre los derechos humanos, las empresas deberían gestionar sus esquemas tributarios de manera transparente y responsable de modo que no pongan en peligro la recaudación tributaria, incluso cuando tales esquemas, siendo técnicamente legales, contravienen los principios de derechos humanos. Hacemos un llamado de manera especial a los suministradores de estrategias que pueden dar lugar a abusos tributarios –en particular los abogados tributaristas, contadores e intermediarios financieros– a evitar la colusión en el abuso fiscal, reconocer sus responsabilidades específicas con los derechos humanos, realizar procesos de escrutinio de debida diligencia y rectificar toda actividad dañina. Además, llamamos a todo tipo de empresas a abstenerse de interferir en el interés público de la elaboración de la política fiscal, sea directamente mediante el cabildeo de intereses especiales o indirectamente a través del impulso a la competencia tributaria.

Hacemos un llamado a las instituciones internacionales a reformar el quebrado sistema fiscal mundial mediante la integración de los estándares de derechos humanos en la forma en que abordan la evasión tributaria corporativa y los efectos colaterales adversos de las políticas fiscales de determinados gobiernos sobre otros– entre otras medidas. Del mismo modo, las instituciones financieras internacionales que asesoran a los gobiernos sobre sus políticas tributarias y fiscales deberían, sobre todo, respetar las obligaciones de derechos humanos de aquellos gobiernos.

En lugar de ser un obstáculo, la ley debería transformarse en un instrumento de la justicia tributaria y fiscal. Instamos a los profesionales del derecho –incluidos los abogados de derechos humanos y de asuntos tributarios, los jueces y el poder judicial en general– a considerar su responsabilidad específica de oponerse a las políticas fiscales injustas que impiden la realización de los derechos humanos.

Uno de los retos más urgentes de la comunidad de derechos humanos consiste en garantizar los medios materiales para el cumplimiento de los derechos humanos. Por lo tanto, hacemos un llamado a la comunidad de derechos humanos en general –por ejemplo, activistas, académicos y académicas, organizaciones de derechos de las mujeres, ONGs, sindicatos, instituciones nacionales de derechos humanos, órganos supervisores de los tratados y comisiones regionales– a examinar activamente cómo las prácticas tributarias afectan su misión, y a desarrollar capacidades y prácticas para promover la justicia fiscal en su trabajo. Quienes denuncian prácticas corruptas dentro de sus organizaciones y otras personas defensoras de la justicia tributaria deben ser consideradas defensoras de los derechos humanos en tanto que trabajan en el interés público por exponer los abusos tributarios flagrantes, y en consecuencia, deben ser protegidas.

Finalmente, hacemos un llamado a las comunidades de la justicia tributaria y del desarrollo en general, a incorporar los derechos humanos en sus investigaciones y actividades de incidencia, a valerse del discurso, las normas y los mecanismos de rendición de cuentas de los derechos humanos en la búsqueda de una fiscalidad justa y un desarrollo sostenible. Las organizaciones y personas que suscriben esta Declaración de Lima sobre Justicia Fiscal y Derechos Humanos1, y se comprometen a seguir colaborando para avanzar en la justicia tributaria y fiscal a través de los derechos humanos.

1.    Academics Stand Against Poverty, Italy
2.   
ActionAid, International
3.    Alliance Sud, Switzerland
4.   
Asia Initiatives, USA
5.    Asian Peoples Movement on Debt and Development, Philippines
6.    Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia, Argentina
7.    Association For Women’s Rights in Development (AWID), Global
8.    Association of Canadian Financial Officers (ACFO-ACAF), Canada
9.    Attac-Ireland, Ireland
10.    Brazilian Society of Bioethics, Brazil
11.    British Columbia Government and Service Employees’ Union, Canada
12.    Business & Human Rights Resource Centre, International
13.    CCFD-Terre Solidaire, France
14.    CEICOM, El Salvador
15.    Center for Economic and Social Rights (CESR), International
16.    Center for Women’s Global Leadership (CWGL) at Rutgers University, USA
17.    Centre for the Enforcement of Human Rights International, Austria
18.    Centro Bonó, República Dominicana
19.   
Centro de Documentación en Derechos Humanos “Segundo Montes Mozo S.J.” (CSMM), Ecuador
20.    Centro de Estudios de Derecho, Justicia y Sociedad -DeJuSticia, Colombia
21.    Centro de Estudios para el Desarrollo Laboral y Agrario (CEDLA), Bolivia
22.    Centro de los Derechos del Campesino, Nicaragua
23.    Christian Aid, UK
24.    Christian Aid Ireland, Ireland
25.    Comision Justicia y Paz Madrid, España
26.    Comisión Nacional de Enlace (CNE), Costa Rica
27.    Community Hope Project, USA
28.    Compassionate Revolution, UK
29.    Concejo Ecuménico Cristiano de Guatemala, Guatemala
30.    Cristina Escarmis Homs, España
31.    Development Alternatives with Women for a New Era (DAWN), Global South
32.    EcoProsperity, UK
33.    Ecumenical Association for Sustainable Agriculture and Rural Development (ECASARD), Ghana
34.    Education International, Global
35.    EDUCON, Czech Republic
36.    Egyptian Center for Economic and Social Rights (ECESR), Egypt
37.    EOS – Associação de estudos, desenvolvimento e cooperação, Portugal
38.    Ethical Consumer Research Association Ltd, United Kingdom
39.    European Federation of Public Service Unions (EPSU), Europe
40.    European Network on Debt and Development (Eurodad), Belgium
41.    Federación Internacional de Fe y Alegría, Colombia
42.    Feminist Legal Studies Queen’s, Canada
43.   
Forum Solidaridad Perú, Peru
44.    Fundación para el Avance de las Reformas y las Oportunidades – Grupo FARO, Ecuador
45.    Fundar, Centro de Análisis e Investigación, México
46.    Giving What We Can, United Kingdom
47.    Global Alliance for Tax Justice, Global
48.    Global Initiative for Economic, Social and Cultural Rights, USA and Switzerland
49.   
Global Policy Forum, Germany/USA
50.    Grupo de Trabajo Contra la Corrupción, Perú
51.    Grupo Nacional de Presupuesto Público, Perú
52.    Hoover Chair of Economic and Social Ethics, Belgium
53.    IBIS, Denmark
54.    IndustriALL Global Union, Switzerland
55.    Initiative for Social and Economic Rights (ISER), Uganda
56.    Institute for Economic Research on Innovation, South Africa
57.   
Institute of Global Responsibility (IGO), Poland
58.    Instituto Centroamericano de Estudios Fiscales, Centroamérica
59.    Instituto de Estudos Socioeconômicos – INESC, Brasil
60.    Instituto Justiça Fiscal, Brasil
61.    International Bar Association’s Human Rights Institute, United Kingdom
62.    International Federation of Musicians, France
63.    International Trade Union Confederation (ITUC), Global
64.    JONCTION, Senegal
65.    Kairos Europe, Belgium
66.    Kenya Human Rights Commission, Kenya
67.    Labour, Health and Human Rights Development Centre, Nigeria
68.    Lawyers for Better Business, UK
69.    Methodist Tax Justice Network, UK
70.   
Movimiento Unificado Francisco Sánchez-1932, El Salvador
71.    Natural Resources Alliance of Kenya (KeNRA), Kenya
72.    Oxfam International, International
73.    Oxfam Novib, Netherlands
74.    Plataforma Global El Salvador, El Salvador
75.    Plataforma Interamericana de Derechos Humanos, Democracia y Desarrollo (PIDHDD), Ecuador
76.    Plateforme Paradis Fiscaux et Judiciaires, France
77.    Promocion de Derechos de adolescentes en riesgo social (FUNPRODE), Nicaragua
78.    Public Services International, Global
79.    Red Activista El Salvador, El Salvador
80.    Red de Justicia Fiscal de América Latina y El Caribe, Latin America and the Craibbean
81.    Red de Organizaciones de Managua, Nicaragua
82.    Red Latinoamericana sobre Deuda, Desarrollo y Derechos – LATINDADD, Latinoamerica
83.    Red por la Justicia Tribuaria en Colombia, Colombia
84.    Réseau Foi & Justice Afrique Europe, France
85.    Right to Education Project, United Kingdom
86.    Southern and Eastern African Trade, Information and Negotiations Institute (SEATINI), Uganda
87.    SUPRO-Campaign  for Good Governance, Bangladesh
88.    Tapea, Paraguay
89.    Tax Justice Network, International
90.    International Tax Justice Network, Africa
91.    Tax Justice Network – Norway, Norway
92.    Tax Justice Network-Far East Chapter, South Korea
93.    Tax Research UK, UK
94.    The Engage Network, United States
95.    Transparency International France, France
96.    Tunisian Observatory of Economy, Tunisia
97.    UNI Global Union, Switzerland
98.    United Food and Commercial Workers International Union, United States
99.    Uniting Church in Australia, Synod of Victoria and Tasmania, Australia
100.    Water Governance Institute, Uganda
101.    WEED – World Economy, Ecology & Development, Germany
102.   
11.11.11 – Koepel van de Vlaamse Noord Zuidbeweging, Belgium